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Cómo atender mejor a nuestros mayores Guía Práctica
PROBLEMAS ÉTICOS
Introducción
El tema de la discriminación
El consentimiento informado
Negligencias, abusos y malos tratos
Situaciones al final de la vida
Aspectos éticos y legales en relación con el final de la vida.
El tema de la discriminación
EL TEMA DE LA DISCRIMINACIÓN


La discriminación por motivos de edad es relativamente frecuente en los servicios sanitarios, en los medios sociales y hasta en los medios políticos y de valores actuales. La discriminación por razón de edad es fuente de mal trato, abuso y negligencia en la atención sanitaria y social de las personas mayores. En la práctica médica diaria, la discriminación se expresa de muy diferentes formas, y la podemos encontrar en prácticamente todas las áreas de la atención clínica.

Es importante citar la constatación del trato discriminatorio que reciben, en muchos casos, los ancianos en los servicios de urgencia hospitalarios. Suelen ser los últimos atendidos, de los que nadie quiere hacerse cargo, y a los que más tiempo les retienen. Esto es más cierto cuanto más complejo es el paciente y la familia, es decir conforme más grave es la dependencia y sobre todo si el paciente presenta demencia. Sin embargo como contrapartida los ancianos, sobre todo los dependientes, suelen ser los que mejor utilizan los servicios de urgencias, ya que suelen ser los que más ingresan a través de urgencias y los que acuden a urgencias sobre todo cuando tienen un proceso agudo grave, a diferencia de los jóvenes.

Ya en el hospital tampoco suelen ser aceptados de buen grado por los profesionales encargados de su atención una vez ingresados en una unidad de hospitalización (sobre todo pacientes con demencia severa, o bien con alteraciones sensoriales que dificultan la comunicación). Como es lógico esta discriminación no tiene razón de ser en las unidades especializadas de geriatría en donde este tipo de pacientes son su principal objetivo. Se ha demostrado que la formación y la atención por personal especializado disminuye la discriminación, facilitando un mejor trato y un mayor acceso a todas los recursos sanitarios y sociales necesarios para la persona mayor.

Otro ejemplo típico de discriminación, y el más fácil de entender, es el que se deriva de la aplicación -o no aplicación- a este colectivo de las tecnologías nuevas y, normalmente, caras, que surgen cada día en el campo de la medicina. Así, el acceso a unidades especiales (UVI, UCI, unidades coronarias, unidades de diálisis, etc.), o a determinadas especialidades (oncología, radioterapia, cardiología intervencionista, neurocirugía, traumatología, ...) es muy difícil para personas mayores, sobre todo cuanto más edad tienen. Es evidente que el anciano se puede beneficiar de muchos de los procederes médicos que se le niegan, en medida análoga a las ventajas que obtienen las personas más jóvenes, y que, en todo caso, muchas de estas medidas contribuyen a prolongar la vida del anciano y a mejorar su calidad en términos absolutos cuando se les compara con lo que ocurre a grupos de población homogéneos de edades equivalentes y a los que se priva de los eventuales beneficios de estas actuaciones.

Existen muchas razones para no discriminar. Tanto la Constitución española como la Ley General de Sanidad y el resto del cuerpo legislativo español no dejan resquicio a ningún tipo de discriminación entre los ciudadanos en función de la edad. Los argumentos sociodemográficos tampoco son desdeñables. No se puede excluir de ningún posible beneficio médico a un colectivo que representa al 17% de la población y que es el que mayor demanda sanitaria genera.

Otro cuerpo argumental es el basado en razones directamente médicas. La ignorancia de muchos médicos sobre los principios de la geriatría puede explicar, aunque no justificar, algunas actitudes ageístas. El que alguien no sepa cómo va a responder un anciano no le exime de aplicar procederes potencial-mente útiles. Muchas actitudes clínicas discriminatorias basadas en la edad han sido barridas por el tiempo ante la evidencia posterior de unas respuestas médicas favorables. El propio sentido común. ¿Dónde ponemos la barrera? ¿Por qué los 65 años y no los 70 o los 80? ¿Cabe imaginar qué debamos ir ampliando o reduciendo cada cierto tiempo las indicaciones o contraindicaciones de determinados actos médicos?

La edad en sí misma nunca debe constituir una contraindicación para nada. La defensa de la no-discriminación en función de la edad nunca debe interpretarse como una bula para entrar en lo que llamamos encarnizamiento terapéutico.

Al lado de este derecho debe admitirse la posibilidad de renunciar a él por parte del paciente de edad avanzada en algunos casos concretos y, de forma especial, cuando la tecnología puede convertirse en instrumento agresor para la calidad de vida del propio individuo, sin ofrecerle a cambio la esperanza de un futuro mejor. Se ha demostrado que, cuando se plantea a una persona mayor la posibilidad de expresarse sobre este tipo de medidas, en muchos casos, sus objetivos y actitudes difieren bastante de las imaginadas por sus médicos. El anciano, en general, acepta riesgos más altos de mortalidad quirúrgica o posquirúrgica que los que le plantea el cirujano, pero, en cambio, es menos proclive a someterse a maniobras, como la reanimación. Muchos ancianos prefieren que se les permita morir ante el temor de ser sometidos a procedimientos excesivamente agresivos.

Este punto, la voluntad del anciano, su salvaguardia ante tratamientos inadecuados, es algo que necesariamente debe ser también tomado en consideración por la familia y el médico. En este sentido el consentimiento informado es el mejor arma del que disponemos en la actualidad para poder respetar la opinión de la persona mayor ante la realización o no de un determinado tratamiento o de una determinada prueba diagnóstica.


Introducción
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El consentimiento informado


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